[Noticia] Portabilidad de números de celulares en Argentina
Publicado: Mié Abr 15, 2009 9:21 pm
Hola gente.. me pareció importante esta noticia, sobre todo para Argentina donde esperemos que la Sec. de Comunicación tome carta en el asunto.
"En Argentina, la justicia es lenta, pero, con suerte, tarde o temprano llega. Después de 9 años de haber “tirado la idea” y nunca sido regulada, hoy se anuncia que el pasado 18 de marzo se ordenó a la Secretaría de Comunicaciones del Estado a, en un plazo de 90 días, reglamente la portabilidad numérica en la telefonía celular.
Pero, ¿qué es esto de la portabilidad de los números de celulares? Básicamente será la posibilidad de poder cambiar de proveedor de telefonía sin la necesidad de cambiar el número de nuestra línea.
“La demora del Estado en reglamentarla representa una real y grave afectación de los derechos constitucionales y legales de millones de usuarios: a la libertad de opción, a la calidad, a la propiedad, a trabajar”, dice Horacio Bersten, coordinador jurídico de la Unión de Usuario y Consumidores.
Flavio Lowenrosen, el abogado patrocinante del amparo: “Genera un régimen de cautividad monopólica porque si por razones económicas o tecnológicas los usuarios deciden cambiarse de empresa son castigados con la pérdida de su número telefónico. Así impide la libre elección y una real competencia, como también la participación de más empresas en el mercado de telefonía celular”.
Los especialistas aclaran que “las empresas que brindan el servicio no tienen impedimentos técnicos para aplicar este régimen. Una vez que se reglamente el decreto los clientes tendrán derecho a conservar de por vida su número telefónico cuando cambian de prestador, de servicio y también de ubicación geográfica. Si por cambiar de compañía tiene que cambiar de número, se ve afectado su derecho a trabajar, a estar comunicado con su mundo social, a proteger su patrimonio (porque deberá pagar o soportar el costo de avisar a sus familiares, amigos, clientes y allegados) y también a disponer de su propio tiempo”.
"En Argentina, la justicia es lenta, pero, con suerte, tarde o temprano llega. Después de 9 años de haber “tirado la idea” y nunca sido regulada, hoy se anuncia que el pasado 18 de marzo se ordenó a la Secretaría de Comunicaciones del Estado a, en un plazo de 90 días, reglamente la portabilidad numérica en la telefonía celular.
Pero, ¿qué es esto de la portabilidad de los números de celulares? Básicamente será la posibilidad de poder cambiar de proveedor de telefonía sin la necesidad de cambiar el número de nuestra línea.
“La demora del Estado en reglamentarla representa una real y grave afectación de los derechos constitucionales y legales de millones de usuarios: a la libertad de opción, a la calidad, a la propiedad, a trabajar”, dice Horacio Bersten, coordinador jurídico de la Unión de Usuario y Consumidores.
Flavio Lowenrosen, el abogado patrocinante del amparo: “Genera un régimen de cautividad monopólica porque si por razones económicas o tecnológicas los usuarios deciden cambiarse de empresa son castigados con la pérdida de su número telefónico. Así impide la libre elección y una real competencia, como también la participación de más empresas en el mercado de telefonía celular”.
Los especialistas aclaran que “las empresas que brindan el servicio no tienen impedimentos técnicos para aplicar este régimen. Una vez que se reglamente el decreto los clientes tendrán derecho a conservar de por vida su número telefónico cuando cambian de prestador, de servicio y también de ubicación geográfica. Si por cambiar de compañía tiene que cambiar de número, se ve afectado su derecho a trabajar, a estar comunicado con su mundo social, a proteger su patrimonio (porque deberá pagar o soportar el costo de avisar a sus familiares, amigos, clientes y allegados) y también a disponer de su propio tiempo”.